
CERTIFICACIONES
Requisitos:
- Instancia de solicitud de certificación de estatus de expedientes dirigida a la Secretaria General correspondiente, o al Tribunal apoderado.
- Anexos los documentos que sean necesarios según la situación del expediente.
Impuestos a pagar en la Dirección General de Impuestos Internos.
- Tres Sello Ley No. 91 RD$50.00.
- Un recibo de Ley No. 33-91 con un valor de RD$10.00.
Notas:
- Para los Dominicanos que hayan cambiado su nombre o apellido que aparece en su acta de nacimiento, ya sea por matrimonio o naturalización, anexar acta de matrimonio y/o documento que permita verificar el cambio de nombre realizado.
- Todo documento en idioma diferente al español, debe ser traducido por intérprete judicial competente.
- Los documentos públicos emitidos por países signatarios del Convenio de la Haya de fecha 5 de octubre del año 1961, deben tener fijada la “Apostilla” prevista en el artículo 3 de dicho acuerdo.
- Todos los documentos que se refieran a una operación traslativa de propiedad inmobiliaria (poderes de representación para vender, contratos de compra venta, testamentos) provenientes del extranjero deben ser legalizados por ante el Ministerio de Relaciones.